CONVOCATORIAS DE ÁMBITO AUTONÓMICO
A - Convocatoria de readscripción en centro.
B - Convocatoria de derecho preferente del artículo 18 delR.D. 895/1989.
C - Convocatoria del concurso.
En todas estas convocatorias se proveerán los puestos a que aluden los artículos 8 del R.D. 895/1989, de 14 de julio, y la Orden de 19 de abril de 1990 (B.O.E. de 4 de mayo), incluidos aquellos singulares en régimen de itinerancia, así como los del primer Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, incluidos los singulares en régimen de itinerancia, y los de Convenio entre el Departamento de Educación y «The British Council» (Anexos III, IV, V, VI y VII).
En este concurso y en las convocatorias de derecho preferente se proveerán, además, plazas de Educación de Adultos (Anexo VIII) y plazas de Audición y Lenguaje en Equipos de Atención Temprana (Anexo IX).
C: CONVOCATORIA DE CONCURSO DE AMBITO AUTONOMICO
Se regirá por las siguientes bases:
Características
Además de los puestos indicados en el párrafo anterior, según lo dispuesto en el artículo 4º del R.D. 895/1989, de 14 de julio, se incluyen los de Educación de Adultos, y los itinerantes de Colegios Públicos y Colegios Rurales Agrupados. Asimismo serán objeto de provisión los puestos primer ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, los de Convenio entre este Departamento y «The British Council» y los de Audición y Lenguaje en Equipos de Atención Temprana, incluidos en todos casos los singulares en régimen de itinerancia.
Participantes
Podrán tomar parte en el concurso los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con destino definitivo en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma, siempre que a la finalización del presente curso escolar hayan transcurrido, al menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo, conforme determina el artículo 2.1del R.D. 2112/1998, de 2 de octubre (B.O.E. del 6), concordante con el artículo 11 dos del R.D. 895/1989, de 14 de julio (B.O.E. del 20).
Asimismo están obligados a participar en este concurso:
1.) Los provisionales con destino en el ámbito de gestión de este Departamento que, estando en servicio activo, nunca han obtenido destino definitivo, y
2.) Los maestros que a la fecha de la presente resolución se encuentren nombrados como funcionarios en prácticas. Estos participantes están obligados a obtener su primer destino definitivo en centros ubicados en la Comunidad Autónoma, en puestos vacantes para los que se encuentren habilitados.
Teniendo en cuenta que estos participantes de prácticas concursan sin puntuación, la adjudicación de destino se hará teniendo en cuenta en primer lugar la fecha de la convocatoria por la que superaron el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros, y dentro de esta por la puntuación con la que figuran en la Orden por la que se les haya nombrado funcionarios en prácticas.
El destino que pudiera corresponderles estará condicionado, en su caso, a la superación de la fase de prácticas y nombramiento como funcionario de carrera.
Los Maestros comprendidos en los supuestos a que hacen referencia los números 1 y 4 de la base tercera y aquellos a que alude la base CUARTA de la presente convocatoria, que no participen en el concurso o que no obtengan destino de los solicitados serán destinados de oficio, de existir vacantes, a puesto de la Comunidad Autónoma, siempre que cumplieran los requisitos exigibles para su desempeño. La obtención de este destino tendrá el mismo carácter y efectos que los obtenidos en función de la petición de los interesados.
No procederá la adjudicación de oficio a plazas de carácter singular itinerante de las señaladas en los Anexos IV y VIII, ni a las de Centros de Educación Secundaria, Anexo V y VI, ni a las de Convenio entre este Departamento y «The British Council», anexo VII, ni a las de Audición y Lenguaje en Equipos de Atención Temprana, anexo IX.
Solicitudes
Los que voluntaria u obligatoriamente participen en el concurso deberán cumplimentar conforme a las Instrucciones que figuran en el anexo I.B de la convocatoria, instancia -según el modelo Anexo I.A que a la presente se acompaña- que se obtendrá en la forma establecida en la base decimoséptima de las Normas comunes a las convocatorias.
Los Maestros a los que aluden las bases QUINTA, segundos párrafos de la sexta, séptima y octava de esta convocatoria deberán incluir en su petición de participación en el concurso, en el apartado c) de la instancia-solicitud, todas las provincias que integran la Comunidad Autónoma, por orden de su preferencia.
En el supuesto de no solicitar todas las provincias, podrán ser destinados con carácter definitivo a cualquier plaza de la Comunidad Autónoma, si se dispusiera de vacante para la que estuvieren habilitados, con la salvedad de lo que se expresa en el último párrafo de la base quinta en lo que se refiere a plazas singulares, plazas en Centros de Educación Secundaria, plazas de Convenio con «The British Council», y plazas de Audición y Lenguaje en Equipos de Atención Temprana.
A esta solicitud acompañarán la documentación a que se hace referencia en la base vigesimaprimera de las normas comunes a las convocatorias.
Vacantes
A los fines de que los participantes en estas convocatorias puedan realizar sus peticiones, de acuerdo con lo que previene el artículo 7 del R.D. 895/1989, de 14 de julio, en la nueva redacción dada al mismo por el R.D. 1664/1991, de 8 de noviembre, adjunto a la presente Resolución se publican los siguientes anexos:
Anexo III: relación de Centros de Educación Infantil, Primaria y Educación Especial existentes en las diferentes zonas educativas comprendidas en el ámbito de gestión de la Comunidad
Autónoma. Estas zonas educativas quedan establecidas en los términos dispuestos en el citado anexo.
Anexo IV: relación de los Colegios Rurales Agrupados y los Colegios Públicos que cuentan con puestos itinerantes.
Los participantes en esta convocatoria podrán solicitar, salvo lo dispuesto en el tercer párrafo de la base decimoquinta, todos los puestos de trabajo ordinarios que sean de su interés, de los Centros y localidades que se indican en el Anexo III. En el caso de los Centros indicados en los Anexos IV, V, VI, VII, VIII y IX de la presente convocatoria, sólo podrán solicitarse puestos que se hallen relacionados en los citados anexos.
Formato y cumplimentación de la petición
La instancia, ajustada al modelo oficial, -Anexo IA-, se obtendrá preferentemente por los interesados, a través de la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org). Igualmente se podrá obtener en los Servicios Provinciales del citado Departamento.
Dicha instancia, una vez cumplimentada, se dirigirá al Director General de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, y se presentará en los Registros de los Servicios Provinciales, o en las Oficinas de Información y Documentación Administrativa de las diferentes sedes de la Comunidad Autónoma de Aragón o en cualquiera de las dependencias a la que alude el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todos los participantes, además de la hoja de participación, deberán presentar, debidamente firmadas todas las hojas de peticiones de centros o localidades, donde hayan efectuado peticiones de puestos.
La hoja de participación de los concursantes que cumplimenten su instancia por el procedimiento establecido vía internet, recogerá mediante una codificación en la cabecera de la misma, todos los códigos de las peticiones que hayan efectuado. En este caso, los participantes presentarán las hojas de peticiones de centros/localidades que coincidan con el mismo código que la aplicación haya adjudicado a la hoja de participación, quedando sin efecto aquéllas hojas de peticiones cuyos códigos no sean idénticos al de la hoja de participación.
El número de peticiones que cada participante puede incluir en su solicitud, concurra por una sola o por varias convocatorias, no podrá exceder de 300.
Las peticiones de las plazas reseñadas en los Anexos III, IV, V, VI, VII, VIII y IX podrán hacerse a Centro concreto o localidad, siendo compatibles ambas modalidades. En este último caso se adjudicará el primer Centro de la localidad con vacante o resulta en el mismo orden en que aparece anunciado en los Anexos citados.
Si las plazas que se solicitan tienen carácter de itinerantes habrá de hacerse constar tal circunstancia marcando con una cruz la casilla correspondiente.
En las instancias se relacionarán, conforme a las instrucciones unidas a las mismas, por orden de preferencia, las plazas que se soliciten, expresando con la mayor claridad los conceptos exactos que en el impreso de la instancia se consignan.
Con el fin de facilitar las peticiones a centros o localidades, así como evitar errores en la codificación manual, la aplicación informática habilitada en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org), permitirá la obtención de los códigos de una forma automática.
Esta aplicación permitirá grabar a los participantes cualquier petición que deseen, si bien no serán tenidas en cuenta en la adjudicación, aquéllas para las que no se encuentren habilitados.
Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el interesado no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar por tal motivo lesionados sus intereses y derechos.
Finalizado el plazo de solicitudes, no podrá alterarse la petición, ni aun cuando se trate del orden de prelación de las plazas solicitadas. Cuando los códigos resulten ilegibles, estén incompletos o no se coloquen los datos en la casilla correspondiente, se considerarán no incluidos en la petición, perdiendo todo derecho a ellos los concursantes.
Los funcionarios en prácticas tendrán reconocida de oficio la especialidad por la que superaron el proceso selectivo.
Tramitación
Los solicitantes podrán solicitar copia sellada de la instancia presentada.
Publicación de vacantes, adjudicación de destinos y toma de posesión
Por la Dirección General de Gestión de Personal se resolverán cuantas dudas se susciten en el cumplimiento de lo que por estas convocatorias se dispone.

